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Oficios y Exhortos Internacionales.

Oficios y exhortos


Genéricamente, toda comunicación escrita, librada por los jueces de la República, entre ellos o para las reparticiones públicas o privadas, cualquiera sea su circunscripción judicial, fuero o categoría, se denomina oficio.


Las comunicaciones, solicitudes, cartas rogativas, que un Juez de la República cursa a otro Juez extranjero, requiriendo la colaboración necesaria de su parte para el cumplimiento de una diligencia del proceso o poniendo en su conocimiento determinadas resoluciones.